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Sistema de vigilancia para la seguridad de nuestros pacientes

17 de julio, 2017 Actividades CLC
Clínica Las Condes primer centro asistencial chileno en incorporar moderno sistema de vigilancia para la seguridad de los pacientes

En el marco de la Ley de Derechos y Deberes de los pacientes (20.584), que entró en vigencia en 2012 en Chile, Clínica Las Condes con el fin de ir más allá de los requerimientos legales establecidos, se propuso gestionar la calidad y seguridad de los pacientes de una manera aún más sistemática y rigurosa.

Por este motivo, en julio de 2016, esta institución implementó una plataforma tecnológica que apoya los procesos de notificación y gestión de incidentes y eventos adversos, lo cual respalda uno de los principales propósitos de esta clínica: la continua entrega de seguridad en la atención de los pacientes y la eficiencia de los procesos clínicos en sus distintas sedes en Santiago de Chile.

La notificación, que es parte relevante de la acreditación de calidad de los centros asistenciales en nuestro país, es realizada por cualquier profesional o técnico de la clínica. El sistema disponible está construido con un árbol de decisión que ayuda al notificante a especificar con la mayor precisión el evento ocurrido en el contexto de su propia labor.

Este reporte queda incorporado en un flujo de trabajo donde centralizadamente es gestionado por el equipo de calidad de Clínica Las Condes quienes pueden pedir más información e investigar lo ocurrido de manera de generar las medidas de mejora y prevención para eliminar o minimizar el riesgo de futuros eventos de la misma naturaleza.

Por otra parte, los reportes obligatorios a la Autoridad Sanitaria son generados con mayor facilidad para los equipos de calidad, quienes han recuperado tiempo valioso para el proceso constante de promoción y prevención para mantener altos estándares de excelencia para los pacientes.

Actualmente, la medicina requiere de procesos de tecnología de información y este sistema de gestión eventos adversos, contribuye de manera eficiente al manejo y control de ellos. Según enfermeras del área de calidad de Clínica Las Condes, se trata de una plataforma amigable, ya que cuenta con un formulario único de notificación y es de fácil acceso, lo cual se vio reflejado en un aumento de las notificaciones. Además, otro de los principales beneficios es que permite conocer el estado de la notificación y su proceso de análisis en tiempo real.

Para la doctora May Chomali, Directora de Servicios Médicos de Clínica Las Condes la incorporación de este sistema ha tenido múltiples ventajas, “esto nos permite continuar ubicando al paciente en el centro de atención. La gestión a través de esta plataforma facilita el monitoreo permanente y en tiempo real de los distintos eventos, por otra parte, es de gran utilidad para la generación de reglas automatizadas de apoyo a los clínicos, sugiriendo protocolos y/o caminos de acción, de gran valor para mejorar la seguridad de la atención del paciente”, comenta.

Esta solución es un servicio de The Patient Safety Company, empresa holandesa de tecnología para la gestión de riesgos en salud, que en su alianza con Antares Consulting, empresa internacional especialista en salud, con presencia en Europa y América Latina, han implementado este sistema, adecuando rápidamente y con la ayuda de los equipos de calidad de la Clínica Las Condes, los distintos árboles de decisión, basados en las recomendaciones de la OMS, ajustado en este proceso a las necesidades locales de Chile. Proyecto, sin duda, de gran utilidad para los hospitales públicos y privados de Chile.
 

Anexo



En Chile desde la Constitución Política se establece que es deber preferente del Estado respetar y promover el derecho a la protección de salud. En este sentido se ha establecido como estrategia estandarizar las prácticas relacionadas a la calidad y seguridad, medir los resultados obtenidos y compararlos con los resultados esperados de la atención, mejorando la entrega en las prestaciones de salud y desarrollándolas de acuerdo a las expectativas de la población lo que constituye una meta gubernamental y ministerial.

Ley de derechos y deberes de los pacientes (20.584)

Párrafo 1º De la seguridad en la atención de salud

Artículo 4º.- Toda persona tiene derecho a que, en el marco de la atención de salud que se le brinda, los miembros del equipo de salud y los prestadores institucionales cumplan las normas vigentes en el país, y con los protocolos establecidos, en materia de seguridad del paciente y calidad de la atención de salud, referentes a materias tales como infecciones intrahospitalarias, identificación y accidentabilidad de los pacientes, errores en la atención de salud y, en general, todos aquellos eventos adversos evitables según las prácticas comúnmente aceptadas. Adicionalmente, toda persona o quien la represente tiene derecho a ser informada acerca de la ocurrencia de un evento adverso, independientemente de la magnitud de los daños que aquel haya ocasionado.
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